Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1889-1890 (Cortes de 1886 a 1890)
Sesión: 21 de junio de 1890
Cámara: Congreso de los diputados
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Gamazo
Número y páginas del Diario de Sesiones: 192, 6420-6422
Tema: Presupuestos generales del Estado para 1890-91

Ni por el calor que se siente, ni por la extensión de la labor en que nos hemos comprometido para esta tarde, ni por la índole de la materia en que nos estamos ocupando, me parece que debo intentar hacer un largo discurso en contestación al elocuentísimo que acabamos de oír de labios de mi distinguido amigo el Sr. Gamazo. Me he de limitar, pues, a exponer todas aquellas indicaciones que conduzcan al esclarecimiento del asunto que debatimos; a hacer aquellas rectificaciones que crea conducentes a la exactitud de los hechos, y en último resultado a consignar todas aquellas aclaraciones que el Gobierno está en el caso de hacer siempre, a fin de que su conducta sea perfectamente definida y juzgada.

Prescindo, pues, de todo preámbulo; prescindo también de toda forma oratoria; prescindo de toda retórica, que no me parece lo más a propósito para envolver las cuestiones financieras; prescindo en absoluto de todo lo que pueda distraer la atención de los Sres. Diputados, y mucho más debo prescindir, si alguna vez pudiera usar de ella, de la elocuencia que me atribuye el Sr. Gamazo, porque quiero, no que se persuada por mi elocuencia, sino que se convenza por la verdad de los hechos mismos.

Ante todo, aunque para mí no era necesario, me congratulo de la explicación que S.S. ha tenido a bien dar al principio de su discurso respecto de su situación política, siempre correcta, siempre constante; yo no la necesitaba; pudieran quizá necesitarla, más que nuestros amigos, algunos de nuestros adversarios, que quieren sacar partido siempre de todo, interpretando mal los sucesos y los actos, tergiversándolos a su gusto, para molestar quizá a la agrupación dominante.

Yo no la necesitaba, pero bien hecha está; y de todas maneras, me congratulo de habérsela oído a S.S., por el afecto, por el cariño, por la gratitud con que yo aprecio siempre las cosas de S.S.

Y vamos ya a entrar en el asunto principal, en el problema de la autorización. Porque si yo convenzo al Sr. Gamazo de que la autorización que presenta la Comisión es bastante en todos los casos, en todos los momentos y para todas las circunstancias, para defender los intereses nacionales, los intereses generales del país, a mí me parece que el Sr. Gamazo, por cuestión de amor propio, no ha de querer sostener su enmienda enfrente del artículo adicional que presenta la Comisión. (El Sr. Gamazo: Absolutamente, si me convence S.S., que no me convencerá, de seguro). (Risas).

Siento mucho esta última declaración que ha hecho el Sr. Gamazo; porque si S.S. está predispuesto a no convencerse, me ha de costar más trabajo que si S.S. estuviera dispuesto a dejarse convencer; porque, Sr. Gamazo, persuade tanto el deseo, que si S.S. deseara que yo le convenciera, esto me bastaría a mí para tener la seguridad de convencerle. (Risas).

Señores Diputados, sucede en las cuestiones políticas y en la marcha de los partidos algo singular y extraordinario, que hace considerar una cosa de una manera cuando se ve en un momento, y de muy distinta manera cuando se examina en otro. Precisamente la ley de 1882, que el Sr. Gamazo ve con tanto recelo y con tanto temor para que se tenga en cuenta ahora en la revisión arancelaria; esa ley que a S.S. le inspira tanto recelo, se hizo a petición de los proteccionistas, y se consideró como un triunfo alcanzado por los proteccionistas, que me agradecieron mucho porque yo tuve una grandísima parte en la confección de esa ley, y hasta los mismos catalanes, que yo considero más proteccionistas que S.S. y que los más proteccionistas, agradecieron la ley de 1882. ¿Y por qué la agradecieron? Porque era una ley de defensa; porque era una ley de reciprocidad; porque era una ley para tratar, y para tratar con defensa, con armas bastantes para poder hacerlo en bien de los intereses del país.

Pues si en aquellos momentos la ley de 1882 era arma bastante para tratar, ¿por qué no ha de serlo hoy, Sr. Gamazo? Que era entonces bastante, pruébalo el que los proteccionistas con ella se conformaron; pruébalo el que los proteccionistas creyeron bastante asegurados sus principios con esa ley. ¿Es que ha variado la ley? No; la ley es la misma; y si entonces fue arma bastante para tratar, ¿por qué no ha de serlo hoy? Es que ya se ha olvidado la ley de 1882, y bueno es que la recuerde. ¿Y por qué el Gobierno pide la autorización en la forma en que la pide? Pues la pide, Sr. Gamazo, para que no haya ni grillos ni esposas ni nada que le contenga al tratar con las demás Naciones en bien de los intereses del país. ¿Por qué? Porque con eso no hay tendencia ninguna que prevalezca, absolutamente ninguna; ni la tendencia librecambista, ni la tendencia proteccionista. Pero ahora voy a hacer una declaración.

Yo he creído siempre, Sres. Diputados, y lo creía cuando contribuí a la confección de la ley de 1882, que atendía más a los intereses proteccionistas que a los intereses del libre cambio; y he creído hoy, al pedir la autorización en la forma en que la pido, que atendía más a los intereses proteccionistas que a los intereses del libre cambio; pero lo que he querido es, hacerlo de manera que no prevalezca tendencia ninguna en un sentido ni en otro, porque quiero libertad amplísima, libertad completa para tratar y sólo para [6420] tratar; porque S.S. está en un error: que mientras no hay tratado no hay rebaja (El Sr. Gamazo: Pero puede haber elevación) y puede haber elevación; porque resulta una cosa singular, que yo no sé como el talento perspicaz del Sr. Gamazo, sobre todo en el estudio de las leyes, no ha advertido, y es, que en esta ley de 1882 hay autorización para rebajar; se puede rebajar, pero si se trata de negociar ; y en cambio no pone condición ninguna para elevar; al contrario, obliga al Gobierno a elevar.

De manera que la autorización para rebajar es convencional, mientras que hay obligación de elevar: hay autorización para hacer rebajas en los derechos arancelarios, y hay obligación en el Gobierno para elevar cuando se trate de las Naciones, no que falten de una manera especial a los intereses del país, sino que de algún modo los perjudiquen; y aquí está el artículo, que voy a leer al Sr. Gamazo: "Art. 6°: Continuará facultado el Gobierno para recargar los derechos de importación y navegación en los productos, buques y procedencias de los países que de algún modo perjudiquen especialmente a nuestros productos y a nuestro comercio". (Grandes rumores en la minoría conservadora). Que de tal modo perjudiquen a los intereses de nuestros productos. (El Sr. Castellano: Especialmente). Pues especialmente los perjudican las Naciones que no quieren tratar con nosotros, pero de una manera notable; porque si algunas Naciones no quieren hacer tratados con nosotros, yo creo que se van a perjudicar, no especialmente, sino grandemente, nuestras principales riquezas, los caldos y los minerales.

Conque ya ven los Sres. Diputados si con sólo no querer tratar con nosotros perjudican de algún modo nuestros intereses; y nos perjudican, no sólo de algún modo, sino muy especialmente. Yo quiero saber si en las circunstancias presentes y en el estado en que se encuentra sobre todo nuestra agricultura, hay hombre de Estado alguno que no interprete el artículo como lo interpreto yo. Con esta ley tendríamos bastante; pero, además, Sres. Diputados, se cita la del año 1886. ¿Y sabéis por qué se cita? Porque de la ley del año 1886 nació una información que se está practicando y que tiene par objeto determinar si conviene o no hacer las rebajas que están acordadas por la ley del año 1882 para el ano 1892, mientras que esa información arancelaria no tiene que decir nada respecto de la autorización que tiene el Gobierno para elevar. De manera que esa información que ahora se está practicando nos dirá si conviene o no bajar los derechos arancelarios, pero no dirá si conviene o no elevarlos; lo único que podía ser una ilusión para los librecambistas, se pone en duda par los proteccionistas, y se deja en toda su fuerza y vigor la elevación de los derechos arancelarios.

Y yo digo: ¿por qué no se establece tendencia ninguna en la fórmula que el Gobierno propone? Porque ha de tener respeto a la información que se está verificando en cumplimiento de la ley; y como ella está llamada a informar al Gobierno sobre este punto, ínterin esa información arancelaria no dé su resultado, no debemos adelantar aquí opinión de ninguna especie, no debemos prejuzgar la cuestión. ¿Para qué, si no se ha nombrado, y para qué sirve esa información arancelaria, de la que son dignísimos individuos el Sr. Gamazo y el Sr. Marqués de Pozo-Rubio? (El señor Fernández Villaverde: Pero no es parlamentaria). Yo me alegro mucho de que S.S. note esta pequeña falta, este pequeño error, porque eso prueba que no tiene que fijarse en otros mayores. (Muy bien). Cuando a S.S. le llama la atención una cosa tan menuda, es prueba de que no tiene cosa más importante en que ocuparse. (El Sr. Fernández Villaverde: No me considero autorizado para fijarme en las otras por medio de interrupciones).

Pues bien; ¿qué es lo que hace el Gobierno, de quien se dice que no tiene criterio? Los que no le tienen, Sr. Marqués de Pozo-Rubio, son los que, teniendo una legislación que satisface todas las necesidades, y a la cual contribuyó el partido conservador más que nadie, buscan ahora de prisa y corriendo otra legislación. Porque yo debo declarar que a la confección de la ley del año 1882 contribuyó grandemente el partido conservador. (El Sr. Fernández Villaverde: Impugnándola). Y apoyándola también; porque claro es que en una ley tan importante y tan trascendental había cosas que SS. SS. impugnaron y otras que defendieron. (El Sr. Fernández Villaverde: Haciendo voto particular contra ella, coma antes he dicho, pidiendo la derogación de la base 5). Pero el art. 6°, de SS. SS., del partido conservador era. (Muy bien).

Pero es más: S.S. dice que la ley del año 1882 no es ni más ni menos que la del año 1869, y que en su fondo y en su espíritu sigue la misma legislación que la ley de 1869 estableció, aun después de hecha la de 1882.

Su señoría está perfectamente equivocado, porque son dos cosas distintas: en la ley de 1869 estaba el libre cambio claro, definido, completo; no había más que una columna para todos; no importaba lo que los demás hicieran; una sola columna, y además bajarla constantemente de cinco en cinco años hasta el derecho fiscal: en cambio, la del año 1882 establecía dos columnas, una para los que trataran con nosotros, otra para los que no quisieran tratar. Y a esto último contribuyó grandemente el partido conservador con las tarifas anexas que hoy ha combatido S.S. tan enérgicamente, combatiendo por tanto la obra del partido conservador; porque, ¿cómo había de haber más de una columna sin las tarifas anexas? De manera que S.S., en su deseo de combatir una ley que sin duda había estudiado, ha olvidado la participación que el partido conservador tuvo en su confección, y el espíritu proteccionista que introdujo en esa ley del año 1882.

Contamos, pues, Sr. Gamazo, con todo lo necesario para tratar; vamos, pues, a esperar lo que dice la información arancelaria. ¿Dice la información arancelaria que en efecto pueden hacerse las rebajas el año 92? Se harán con su cuenta y razón para aquellos que traten con nosotros y en las circunstancias y en las condiciones que a nosotros nos parezcan beneficiosas para el país, porque si no, no se trata. Después queda el Gobierno autorizado, diga lo que quiera la información, que para eso no esta llamada, para elevar las tarifas respecto de aquellas Naciones que no quieran tratar con nosotros, o de las que par cualquier modo perjudiquen los intereses del país.

Tenemos, repito, todo lo necesario, y lo tenemos sin necesidad de establecer de antemano una tendencia determinada que no hay necesidad de señalar. Yo la veo en el artículo adicional de S.S. (El Sr. Gamazo, D. Germán: En que me afirmo yo). Además, estoy casi seguro de que S.S. no quitaría los dos incisos [6421] que hay en la enmienda. No sólo se ve esa tendencia en el artículo de S.S., sino que lo ha dicho claramente S.S., que va en esa dirección, y ha hecho bien S.S. en decirlo. (El Sr. Gamazo, D. Germán: Que quiero facilitar esa tendencia). Pues facilita una tendencia? (El Sr. Gamazo, D. Germán: Quiero facilitar esa tendencia que esta impedida). Si estuviera impedida, no la apoyaría S.S. como la apoya; porque yo se lo declaro a S.S., y se lo declaro en nombre del Gobierno: yo no quiero llevar a las resoluciones del Gobierno tendencias de escuela de ninguna clase. Yo quiero que estemos con entera libertad para tratar a las Naciones, que nos consideren y nos traten con benevolencia, benévolamente, y para tratar con dureza, en lo que a las tarifas se refiere, a las que duramente se conduzcan con nosotros.

Para poder obrar así, no hay más remedio sino que el Gobierno tenga una completa libertad; y puesto que el Sr. Gamazo lo que desea es que el Gobierno tenga autorización para revisar los aranceles, y el Gobierno lo acepta, dése S.S. por satisfecho, que yo puedo asegurar a S.S. que no hay tendencia ninguna en el ánimo del Gobierno al proponer que acepte el artículo presentado por la Comisión.

¿Quiere S.S. una seguridad más, por el temor que S.S. manifestaba respecto de los artículos de renta? Pues se la doy completa. Los artículos de renta no entrarán en las materias objeto de los tratados. Ya lo sabe S.S.

En ese punto el Gobierno se ha adelantado a S.S., porque ¿qué ha hecho con los artículos de renta? ¿Qué haría con todos los artículos de esa clase, si no tuviera en consideración los intereses de nuestras Antillas? Lo que sucede es que no podemos recargar los derechos de todos los artículos que se llaman de renta, como los pueden recargar otras Naciones, porque hemos de atender a los intereses de nuestros hermanos de las provincias de Ultramar; pero fuera de esos artículos que a nuestros hermanos de Ultramar interesan, lo que S.S. quiera; por leyes especiales, como S.S. guste, determinaremos que esos artículos de renta no sean objeto de tratado con ninguna Nación.

La cuestión es, Sres. Diputados, que la Nación española pueda estar dispuesta para hacer tratados o no hacerlos. Yo no voy a entrar ahora en el examen de las consecuencias que hayan podido traer a España los tratados de comercio; pero entiendo que no porque no hayan resultado algunos tan beneficiosos como se creyó que resultarían, o porque con otros haya ocurrido lo contrario, vamos a adoptar el régimen de no hacer tratados con nadie. Yo no soy de esa opinión, ni tampoco lo son mis compañeros de Gobierno. Mientras haya conveniencia en hacer tratados, hacerlos; y para hacerlos, no hay más remedio que tener completa libertad, sin fijar tendencia determinada de ninguna clase.

Créalo el Sr. Gamazo; haya o no haya tendencia determinada, aquí no se ha de sentar ningún Ministro que, cuando llegue el caso, atienda más a los compromisos de escuela que a los intereses generales del país; aceptará los tratados como convenga a esos intereses, prescindiendo en absoluto de las doctrinas de escuela. Pues esa seguridad, en cuanto de nosotros depende, se la puedo dar al Sr. Gamazo. Claro está que ni el Sr. Gamazo ni yo sabemos quién va a ser Ministro de Hacienda cuando llegue el caso de concertar tratados, y mucho menos sabemos si yo seré entonces Presidente del Consejo de Ministros; pero confío en que, cualquiera que sea Presidente del Consejo de Ministros, y cualquiera que desempeñe la cartera de Hacienda, no ha de proceder de otra manera. ¡Buenos están los tiempos para proceder de otro modo!

Yo creo que el Sr. Gamazo se convencerá de que, tendiendo al mismo fin S.S. y yo, una vez que dice que no quiere que se vaya hacia determinada tendencia, que es lo que yo deseo, es bastante el artículo que la Comisión propone a la aprobación del Congreso, y entonces S.S. podrá retirar la enmienda que ha defendido con tanta elocuencia, y aceptar lo que el Gobierno ha aceptado.

¿Es que todavía le puede quedar al Sr. Gamazo alguna duda? Pues si hay necesidad de hacer alguna aclaración, el Gobierno está dispuesto a hacerla.

Lo que yo no quiero es que haya la idea de que tenemos otro móvil y otro propósito que el de atender lo mejor posible a la resolución del problema de los tratados de comercio, haciendo lo que más convenga a los intereses del país.

Si esto sucediera así, yo me felicitaría del resultado, no por las cuestiones de partido, que respecto de esto no hay nada que decir entre S.S. y yo, porque dentro del partido liberal esta el Sr. Gamazo, y dentro del partido liberal continuará, siquiera insista en la defensa de su enmienda; sino porque así como coincidimos en las cuestiones políticas, coincidiremos también en esta cuestión económica, lo cual sería siempre para mí una gran satisfacción; que por lo demás, yo he vivido mucho tiempo con mis correligionarios los catalanes en disidencia económica, y sin embargo han sido siempre de mis más fieles correligionarios; casi siempre ellos y yo hemos diferido en las cuestiones económicas; yo he procurado, en cuanto de mí ha dependido, armonizar los intereses de Cataluña y los de todas las demás provincias; alguna vez he podido conseguirlo, no siempre; pero así y todo, los catalanes, mis buenos amigos, han reconocido mis buenos propósitos, y en este sentido han seguido siempre a mi lado. Pues esto quiero yo, que reconozca también el Sr. Gamazo mis buenos propósitos; y como en este momento creo yo que pueden perfectamente armonizarse los propósitos del Sr. Gamazo con los míos, vamos a refundirlos en la enmienda de la Comisión. Y me parece que he dicho bastante. (Risas). [6422]



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